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La Corte Constitucional cambia las semanas mínimas de las mujeres para pensionarse en fondos privados

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El requisito anterior de tener al menos 1.150 semanas cotizadas ha sido eliminado por considerarse que no se ajusta a los derechos protegidos por la Constitución, para que las mujeres accedan a la pensión mínima de vejez en fondos privados

Foto Canal Institucional de Fondo de Pensiones

Por REDACCIÓN EL NUEVO LIBERAL

La Corte Constitucional ha modificado las semanas mínimas requeridas para que las mujeres accedan a la pensión mínima de vejez en fondos privados. El requisito anterior de tener al menos 1.150 semanas cotizadas ha sido eliminado por considerarse que no se ajusta a los derechos protegidos por la Constitución.

Sin embargo, los efectos de esta decisión han sido diferidos hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto se hace con el propósito de otorgar al Congreso la oportunidad de expedir la regulación mediante un proyecto de ley que modifique la Ley 100 de 1993. Si para el 1 de enero de 2026 no se ha regulado, el número de semanas requeridas se reducirá gradualmente en 15 semanas por año, hasta alcanzar las 1.000 semanas cotizadas como requisito para que las mujeres accedan a la pensión.

Esta decisión se tomó tras el estudio de una demanda que argumentaba que el número de semanas necesario para acceder a la pensión estaba vulnerando los derechos a la igualdad y a la seguridad social de las mujeres afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais). La Corte Constitucional consideró válido el reclamo y procedió a modificar los requisitos establecidos.

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