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Fundamentos para un Acuerdo entre el Gobierno Nacional – ELN

Por FERNANDO SANTACRUZ CAICEDO

Hasta hoy, la implementación de la política de “Paz Total” se ha estrellado contra la realidad. ¡76 años de violencia no pueden reversarse en un abrir/cerrar de ojos! La Mesa de Negociaciones Gobierno-ELN suscribió el “Acuerdo No. 28” –Caracas, 24/05/2024-, documento que contiene las BASES PARA DIALOGAR sobre la “Participación de la Sociedad en la Construcción de la Paz”. En sentido estricto es un preacuerdo; NO ES UN ACUERDO, puesto que éste exige la intervención de todas las fuerzas vivas del país. Su importancia estriba en que la pluralidad nacional puede participar “democráticamente” en el debate/transformación de las causas que ocasionan/prolongan indefinidamente el conflicto; abrir vías para el entendimiento; lograr un “Gran Acuerdo Nacional”; eliminar la violencia e instaurar la Paz.

EJES del convenio –POSTULADOS-: i- Régimen Político: sociedad abierta a todas las opciones/opiniones. Propone materializar la “democracia”, sus basamentos –organización política del Estado/sociedad, doctrinas/práxis, instituciones/estructuras-; asegurar el bienestar/justicia/dignidad de los colombianos y construir la Paz (18 items). ii- Modelo Económico: superar las desigualdades sociales. Proyecta impulsar modelos productivos/sostenibles, encaminados a liquidar la inequidad social; abolir las prácticas monopolistas/especulativas; implantar modelos conservacionistas del medioambiente/comunidades (14 items). iii- Política Ambiental: respetar la interrelación naturaleza/territorios/poblaciones. Reclama acatar la normatividad entre humanos/seres vivos, naturaleza/territorio y cosmovisiones/políticas ambientales (13 items). iv- Educación y Cultura: asentadas en las diversidades sociales. Propulsa la creación de una sociedad deliberativa/crítica/proactiva, encausada hacia la realización de los derechos/transformaciones e instauración de una cultura de Paz (19 items).

La PARTICIPACIÓN une/articula al conjunto de nuestra nación; cimenta un sujeto histórico plural/autónomo que analiza los problemas estructurales de Colombia; forja un programa de transformaciones para la Paz; erige una alianza social/política que rebasa el conflicto armado, socioeconómico y políticocultural; compromete la institucionalidad estatal/privada y garantiza la inclusión de la comunidad nacional, su libre actuación, el cese bilateral del fuego, la solución de las crisis en las regiones afectadas, el desmonte del paramilitarismo y formas de coacción armada contra la población. La NATURALEZA del proceso es laxo/continuo; precisa los orígenes de la confrontación; formula salidas/instrumenta la transición, valiéndose de un Movimiento Nacional de Paz que deviene la participación en mecanismo inclusivo/pensado/propositivo. Culminada la fase dialógica, los ACUERDOS adoptados por la Mesa de Negociación son obligatorios y se traducen en políticas de Estado –públicas; Plan Nacional de Desarrollo; instrumentos de planeación/territorial; veeduría social, que garantice su ejecución-. El SEGUIMIENTO/EVALUACIÓN lo conforman indicadores de gestión diseñados/verificados colectivamente. Los restantes temas del Acuerdo No. 28 son de carácter operacional.

Sin entender el PREACUERDO –propuestas eventuales a tratar-, llovieron las críticas de los defensores del statu quo: “atenta contra el Estado de derecho”; “elimina los poderes constituidos”, “reemplaza el régimen vigente”, etc. ¡Nada de lo antedicho es cierto! Durante el ciclo de diálogos se intentará alcanzar el Consenso Nacional que DEFINA las materias objeto de las transformaciones, esto es el GRAN ACUERDO NACIONAL. Leídos columnistas expresaron: la pretensión es “sustituir la Constitución Política y la soberanía popular, suprimiendo, derogando, reemplazando y modificando la Constitución…[E]stas transformaciones modificarán el régimen político, judicial, ambiental, la política exterior y el modelo económico, …cambiando la democracia representativa por una directa” (El Espectador, 26/05/2024; “Constituyente excluyente”, Carlos Moreno). “No se ve claro por qué el Gobierno aceptó suscribir un documento convocando a un diálogo nacional en el que la agenda de la discusión la impuso el ELN… [E]l Gobierno ha reconocido muchas cosas inconvenientes y ha asumido que los acuerdos sobre las transformaciones “son de obligatorio cumplimiento para las partes” … Solo falta que en este acuerdo esté camuflada una constituyente por decreto” (Ibídem, 2/06/2024; “Ojo con lo que firman”, Ramiro Bejarano).

Cotejados el Acuerdo firmado con las FARC-EP (26/09/2016) y el Preacuerdo con el ELN, ¡los asuntos son similares, pero varían los mecanismos! El cumplimiento del segundo, impone reducir al máximo las cuestiones a tratar; estudiar el texto, libres de prejuicios; y, coadyuvar a su mejoramiento.

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