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InicioOPINIÓNPALOMA MUÑOZ¿Qué alguien me explique ese párrafo, si está planteando una Asamblea Constituyente?

¿Qué alguien me explique ese párrafo, si está planteando una Asamblea Constituyente?

Yo no soy una politóloga, ni mucho menos una versada jurista, tan solo soy una ciudadana y formo parte del común, de ese conglomerado del que habla la constitución del 91, es decir, formo parte del “constituyente primario” y por supuesto, soy una académica.

He observado el debate en torno a la propuesta de una Asamblea Constituyente en Colombia, un tema que ha generado diversas opiniones y posturas. Algunos defienden su necesidad, mientras otros la rechazan categóricamente, preocupados por las intenciones políticas detrás de su convocatoria. En medio de este ruido, decidí leer de nuevo el Acuerdo de Paz Final firmado el 24 de noviembre de 2016 entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP, para entender mejor los argumentos y el contexto que rodean este debate.

El Acuerdo de Paz, celebrado como un logro histórico, buscaba poner fin a décadas de conflicto armado y establecer las bases para una paz duradera y estable en Colombia. Pero hay un detalle que me llamó mucho la atención y es que, este acuerdo no solo tuvo repercusiones internas, sino que también fue internacionalizado normativamente. Es decir que, fue incorporado al derecho internacional humanitario y anexado a una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, lo que le otorgó un estatus legal tanto a nivel nacional como internacional. Firmado por el presidente de la Republica de Colombia de ese entonces, Juan Manuel Santos y Francisco Guterres Secretario General de las Naciones Unidas.

Por favor léanse en el acuerdo firmado, como en la página 8, párrafo 2 del Acuerdo de Paz en el instrumento jurídico internacional, se establece que, abro comillas: “Por lo anterior, el Gobierno de Colombia y las FARC-EP, con el ánimo de consolidar aún más las bases sobre las que edificará la paz y la reconciliación nacional, una vez realizado el procedimiento de refrendación, convocarán a todos los partidos, movimientos políticos y sociales, y a todas las fuerzas vivas del país a concertar un gran Acuerdo Político Nacional encaminado a definir las reformas y ajustes institucionales necesarios para atender los retos que la paz demande, poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia política y social.” ¿Qué alguien me explique esto? ¿Ese gran Acuerdo Político Nacional planteado en este párrafo es una Asamblea Constituyente? Y además dice “para atender lo que la paz demande, poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia política social ¿Eso que significa?

Y esto está institucionalizado en el acuerdo mediante solicitud que en un oficio fechado 27 de marzo de 2017, del expresidente Santos le dice al Secretario General de la ONU. Quien a su vez el Secretario General de las Naciones Unidas, Guterres le contesta:

“De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, […]recibí de la Representante Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas, Sra. María Emma Mejía Vélez, un original firmado del Acuerdo Final acompañado de una carta del Presidente de la República de Colombia, Sr. Juan Manuel Santos Calderón. Acojo con beneplácito este histórico logro y tengo el honor de transmitir adjunta la carta (véase el anexo I) y el Acuerdo Final (véase el anexo II). Le agradecería que tuviera a bien distribuir ambos documentos a los miembros del Consejo de Seguridad. (Firmado) António Guterres

Qué alguien nos explique esto, pero al común de la gente, qué significa esto que les muestro de mi lectura juiciosa, si en el acuerdo, de ese párrafo está planteando ¿Una asamblea constituyente? O ¿no?

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